La obligación de inscribir un patinete eléctrico en el registro de la DGT y de asegurarlo recae en su titular, no en la empresa donde trabaja. Aun así, si ofreces aparcamiento de patinetes a tu plantilla, te conviene revisar tu política de uso, tus seguros y tu Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo, que sí es obligación tuya.
Resumimos, para RR. HH., facility managers y equipos de sostenibilidad o prevención, qué exigen la Ley 5/2025 y el Real Decreto 52/2026, a quién obligan y qué cambia en tu aparcamiento. Y por qué la fecha clave para tu empresa es el 5 de diciembre de 2026.
Qué exige la normativa a los patinetes eléctricos desde 2026
La Ley 5/2025, de 24 de julio, modificó la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Creó la obligación de asegurar todos los vehículos de movilidad personal y la vinculó a una inscripción previa en un registro, con arranque previsto el 2 de enero de 2026.
El registro llegó con el Real Decreto 52/2026, publicado en el BOE el 30 de enero de 2026, que modifica el Reglamento General de Vehículos.
Qué es un Vehículo Personal Ligero (VPL)
Vehículo Personal Ligero (VPL): categoría que el Real Decreto 52/2026 crea dentro del Reglamento General de Vehículos para vehículos de movilidad personal como los patinetes eléctricos. Cada VPL debe inscribirse en un registro estatal de la DGT, que lo asocia a un titular y permite comprobar si tiene el seguro obligatorio en vigor.
Si dudas sobre un modelo concreto, consulta la sede electrónica de la DGT.
Registro en la DGT: el primer paso
Primero se inscribe el patinete y después se contrata el seguro. La inscripción se hace en la sede electrónica de la DGT o de forma presencial con cita previa. La tasa es de 8,67 € e incluye una etiqueta identificativa que el patinete debe llevar.
- 1Certificado de circulación del patinete
- 2Inscripción en el registro de la DGT(tasa de 8,67 €)
- 3Etiqueta identificativa colocada en el vehículo
- 4Contratación del seguro de responsabilidad civil
Seguro de responsabilidad civil obligatorio
La obligación de asegurar recae sobre el titular del vehículo y se refiere a la circulación por vías públicas.
El seguro de hogar solo cubre el patinete si la aseguradora lo confirma expresamente. Conviene pedir esa confirmación por escrito.
Certificado de circulación y moratoria hasta 2027
Desde el 22 de enero de 2024, los patinetes que se comercializan en España deben tener certificado de circulación conforme al manual técnico de la DGT. Los vendidos antes sin certificado tienen una moratoria para seguir circulando hasta enero de 2027.
- 22 de enero de 2024Certificado de circulación obligatorio en patinetes nuevosManual técnico de la DGT
- 24 de julio de 2025Obligación de asegurar los VMP, vinculada al registroLey 5/2025
- 5 de diciembre de 2025Entra en vigor la obligación de tener PMSTLey 9/2025
- 2 de enero de 2026Arranque previsto del seguro y el registroLey 5/2025
- 30 de enero de 2026Publicación en el BOE del registro de VPLReal Decreto 52/2026
- 20 de marzo de 2026El plazo del PMST pasa de 24 a 12 mesesReal Decreto-ley 7/2026
- 5 de diciembre de 2026Fecha límite para disponer de PMSTLey 9/2025 y RDL 7/2026
- Enero de 2027Fin de la moratoria para patinetes sin certificadoManual técnico de la DGT
¿La ley obliga a tu empresa? Lo que te afecta y lo que no
Depende de quién sea el titular del patinete. La normativa de seguro y registro no impone obligaciones directas al aparcamiento de una empresa ni a su titular. Sí te obliga si el patinete es tuyo.
Empleado con patinete propio
Quién tiene la obligaciónEl empleado, como titular
Qué conviene que haga la empresaInformar a la plantilla y, si lo decide, fijar una política interna de uso del aparcamiento
Flota corporativa
Quién tiene la obligaciónLa empresa, como titular
Qué conviene que haga la empresaRegistrar y asegurar cada unidad, comprobar su certificado y consultar en la sede electrónica de la DGT cómo tramitar el cambio de titular o la baja al retirar unidades
Visitas o proveedores
Quién tiene la obligaciónEl titular de cada patinete
Qué conviene que haga la empresaDecidir si pueden usar el aparcamiento y en qué condiciones
Empleado que usa su patinete en desplazamientos por trabajo
Quién tiene la obligaciónEl empleado, como titular
Qué conviene que haga la empresaRevisar con la aseguradora de la empresa cómo se cubren esos desplazamientos
Si un recinto privado de empresa se considera vía pública a efectos de esta ley depende del caso: consúltalo con tu asesoría jurídica.
Cómo afecta al aparcamiento que ofreces a tu plantilla
La ley no te exige nada como gestor del aparcamiento, pero conviene ordenar tres aspectos.
Política de uso y control de acceso
La empresa puede definir una política interna de uso, por ejemplo pedir que los patinetes estén registrados para acceder a las plazas. No es una obligación legal, sino una opción de gestión que conviene validar con el área legal y la representación de la plantilla.
Un sistema con control de acceso limita las plazas a personas autorizadas, y la app de gestión de aparcamientos de YUP aporta además datos de uso.
Responsabilidad y seguros: qué revisar con tu aseguradora
¿Quién responde si un patinete sin seguro causa daños en tus instalaciones? No hay una respuesta general. Revisa con tu aseguradora la póliza de responsabilidad civil de la empresa y pregunta expresamente por los daños en el aparcamiento.
Pregunta también por robos y daños a los patinetes: un sistema de bloqueo reduce ese riesgo, pero la cobertura depende de tu póliza.
Espacios cerrados, carga y seguridad
Si el aparcamiento está en un espacio cerrado y ofrece carga, revisa las condiciones de carga de baterías con tu servicio de prevención de riesgos y con tu aseguradora.
Si parte de la plantilla solo necesita cargar la batería, existe la opción de un mueble de carga para baterías, que también conviene revisar con prevención.
El Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo: la obligación que sí es tuya
Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST): documento que la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible exige a empresas y entidades públicas en los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o más de 100 por turno. Organiza los desplazamientos de la plantilla dando prioridad a la movilidad activa y después al transporte colectivo, y se negocia con la representación legal de los trabajadores.
La ley está en vigor desde el 5 de diciembre de 2025 y el umbral se aplica por centro de trabajo, no por plantilla total. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, redujo el plazo de 24 a 12 meses: la fecha límite es el 5 de diciembre de 2026. El incumplimiento es una infracción leve, con multas de 101 a 2.000 €.
El PMST en cifras
La normativa autonómica tiene preferencia sobre la estatal: en Cataluña, por ejemplo, el Decreto 132/2024 fija sus propios umbrales y plazos.
Un aparcamiento seguro para patinetes es una medida de movilidad activa, el nivel prioritario del plan. El PMST también debe incluir formación en movilidad, seguridad vial y prevención de accidentes, un buen espacio para explicar a la plantilla qué exige el registro y el seguro. Es una buena práctica, no una obligación.
Además, la empresa debe elaborar informes de seguimiento periódicos. Los datos de uso del aparcamiento te ayudan a medir cuántas personas van en patinete.
Checklist para adaptar tu aparcamiento de patinetes
Obligación legal
- Si tienes flota corporativa, inscribe cada patinete en el registro de la DGT antes de contratar el seguro.
- Asegura cada patinete de la flota, comprueba su etiqueta y su certificado de circulación (sin certificado, solo puede circular hasta enero de 2027).
- Si retiras o vendes patinetes de la flota, consulta en la sede electrónica de la DGT cómo tramitar el cambio de titular o la baja.
- Comprueba si algún centro supera las 200 personas trabajadoras o las 100 por turno, y revisa la norma autonómica.
- Si estás obligado, aprueba el PMST antes del 5 de diciembre de 2026, negociado con la representación de la plantilla y con formación en seguridad vial e informes de seguimiento.
Buena práctica
- Define una política de uso del aparcamiento y valídala con el área legal y la representación de la plantilla.
- Controla el acceso para que solo lo usen personas autorizadas.
- Revisa con tu aseguradora la responsabilidad civil de la empresa y la cobertura de robos o daños.
- Revisa la carga de baterías en espacios cerrados con prevención y con tu aseguradora.
- Informa sobre el registro y el seguro en la formación del PMST.
- Mide el uso del aparcamiento para el diagnóstico y los informes de seguimiento.
Cómo puede ayudarte YUP Mobility
Trap es el aparcamiento para patinetes de YUP Mobility, con sistema de bloqueo y carga, pensado para espacios públicos y privados.
Tiene tres versiones según el acceso. Trap App se desbloquea desde la app de YUP y Trap Keypad con un teclado numérico; las dos permiten limitar quién usa el aparcamiento. Trap Lock funciona con el candado de cada usuario y es la opción de menor coste. La plataforma de YUP permite gestionar los aparcamientos y consultar estadísticas de uso.
Es compatible con una amplia gama de patinetes, su diseño modular se adapta al espacio y el equipo técnico de YUP se ocupa del mantenimiento. El Centro Comercial Torrecárdenas instaló 32 plazas con carga exclusivas para sus empleados.
Preguntas frecuentes
¿Tiene la empresa que asegurar los patinetes de sus empleados?
No. La obligación de registrar y asegurar recae sobre el titular del patinete, así que si el patinete es del empleado, le corresponde a él. La situación cambia si la empresa pone patinetes propios a disposición de la plantilla: en ese caso la empresa es la titular y debe registrarlos y asegurarlos.
¿Puede una empresa exigir el registro para usar su aparcamiento?
Puede incluirlo en una política interna de uso como condición de acceso. No es una obligación legal, sino una decisión de gestión. Antes de aplicarla, conviene validarla con el área legal y con la representación de la plantilla, sobre todo si el aparcamiento forma parte de las medidas del PMST.
¿Cuánto cuesta registrar un patinete en la DGT?
La tasa de inscripción es de 8,67 € e incluye la etiqueta identificativa que debe llevar el vehículo. El trámite se hace en la sede electrónica de la DGT o de forma presencial con cita previa. Después, el titular contrata el seguro de responsabilidad civil, cuyo precio depende de cada aseguradora.
¿El seguro de hogar cubre el patinete eléctrico?
Solo si la aseguradora lo confirma expresamente. Pide a la compañía una confirmación por escrito de que la póliza cubre el patinete y en qué condiciones. Si no lo cubre, el titular necesita un seguro específico para circular por vías públicas.
¿Qué pasa con los patinetes comprados antes de 2024?
Desde el 22 de enero de 2024, los patinetes que se venden en España deben tener certificado de circulación. Los comercializados antes sin certificado tienen una moratoria que les permite circular hasta enero de 2027. Para saber cómo se inscriben en el registro, consulta la sede electrónica de la DGT.
¿Quién responde si un patinete sin seguro causa daños en el aparcamiento de la empresa?
No hay una respuesta general. Lo recomendable es revisar con tu aseguradora la póliza de responsabilidad civil de la empresa y preguntar expresamente por los daños en el aparcamiento. Si además surge la duda de si el recinto se considera vía pública, consúltalo con tu asesoría jurídica.
¿Necesita un PMST una empresa de menos de 200 personas?
Depende de cada centro de trabajo. La Ley 9/2025 obliga en los centros con más de 200 personas trabajadoras o más de 100 por turno, así que un centro de 150 personas repartidas en dos turnos de 75 no estaría obligado. Revisa también la norma de tu comunidad autónoma, que tiene preferencia.
Este contenido es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico. La normativa puede cambiar: para cualquier trámite o duda sobre el registro, consulta la sede electrónica de la DGT. Última actualización: septiembre de 2026.


