Domingo, 23 de noviembre del 2025 •

Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo: qué debe incluir antes de diciembre de 2026 (y dónde encaja la micromovilidad)

La Ley de Movilidad Sostenible convirtió en obligación algo que muchas organizaciones hacían por iniciativa propia: planificar cómo llegan las personas a sus centros de trabajo. En marzo de 2026, además, el plazo se redujo a la mitad.

Los centros con más de 200 personas trabajadoras, o más de 100 por turno, deben tener un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo el 5 de diciembre de 2026. El plan parte de cómo se desplaza la gente, se negocia con la plantilla y exige seguimiento. Bicicletas y patinetes pueden formar parte de las medidas si el diagnóstico lo justifica.

Qué es un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (y qué no es)

Un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) es el instrumento que recoge las soluciones para que los desplazamientos hacia un centro concreto sean más sostenibles y seguros. Lo regula el artículo 26 de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, y se elabora centro a centro, no para la empresa en abstracto.

No debe confundirse con otras figuras:

Instrumento Quién lo elabora Relación con el PMST
Plan de Transporte al Trabajo (PTT) Empresas, de forma voluntaria, siguiendo la metodología del IDAE Antecedente metodológico. No sustituye al artículo 26.
Plan de movilidad sostenible municipal El ayuntamiento El PMST debe tenerlo en cuenta cuando exista.
Plan para grandes centros de actividad (art. 25) Lugares que concentran centros de trabajo de varias empresas o muchas personas usuarias Figura distinta, con su propio régimen.

Qué centros de trabajo están obligados

Más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno, centro a centro

La obligación alcanza a empresas y entidades del sector público con centros de trabajo de más de 200 personas trabajadoras o más de 100 por turno, siempre que ese sea su centro de trabajo habitual. El umbral se mide en cada centro, no en la plantilla total.

Por centro de trabajo se entiende lo que define el artículo 1.5 del Estatuto de los Trabajadores: una unidad productiva con organización específica dada de alta ante la autoridad laboral. Sobre los turnos, las preguntas frecuentes del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible interpretan que el criterio de 100 presupone dos o más turnos. Con jornada única, se aplica el de 200.

Quién cuenta y quién no en el cómputo

El Ministerio ha publicado criterios orientativos, no vinculantes:

  • Las personas en teletrabajo computan en el centro al que están adscritas.
  • Los contratos formativos computan; las personas becarias sin relación laboral, no.
  • El personal de contratas y subcontratas no suma para tu umbral, aunque sus desplazamientos deben considerarse en el plan si trabajan de forma habitual en tu centro.
  • Superar el umbral solo durante una temporada también obliga.
Situación ¿Obligado?
Centro con más de 200 personas en jornada única Sí
Centro con menos de 200 personas, pero con un turno de más de 100 Sí
Empresa con varios centros y ninguno por encima del umbral No, salvo normativa autonómica o local más exigente
Centro por debajo del umbral con plantilla propia, que lo supera sumando personal de una subcontrata No, según el criterio del Ministerio
Centro con más de 1.000 personas en un municipio o área metropolitana de más de 500.000 habitantes Sí, con medidas adicionales de alta ocupación

Centros de alta ocupación: más de 1.000 personas

Los centros con más de 1.000 personas trabajadoras situados en municipios o áreas metropolitanas de más de 500.000 habitantes tienen exigencias añadidas. Deben incluir medidas para reducir la movilidad en horas punta o durante la jornada, promover los medios de bajas o cero emisiones y la movilidad colaborativa, e impulsar la movilidad activa con herramientas que faciliten la recarga pública o privada.

La fecha límite es el 5 de diciembre de 2026

La Ley 9/2025 se publicó en el BOE el 4 de diciembre de 2025 y entró en vigor el 5 de diciembre de 2025. Su redacción original daba 24 meses para disponer del plan. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, redujo ese plazo a 12 meses, y el Congreso lo convalidó el 26 de marzo de 2026. Con la redacción vigente del artículo 26, la fecha de referencia es el 5 de diciembre de 2026. Muchos contenidos publicados antes de marzo siguen citando el plazo anterior.

Qué ocurre si no se cumple:

  • No disponer del plan en plazo es una infracción leve cuando con ello se produce un perjuicio para el sistema de movilidad. La multa va de 101 a 2.000 euros. No es una sanción automática.
  • La misma infracción se aplica si no se elabora el informe de seguimiento en plazo.
  • Las empresas obligadas que reciban las ayudas directas previstas en el propio Real Decreto-ley 7/2026 deberán reintegrarlas si incumplen esta obligación.

Una vez aprobado, el plan debe comunicarse en tres meses a la autoridad que designe la comunidad autónoma para su incorporación al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM), según el artículo 27.3.

Qué debe incluir el plan según la Ley 9/2025

La ley no fija un índice cerrado, pero sí contenidos obligatorios. Conviene separarlos de lo que solo sugiere:

Lo que exige la ley Ejemplos de medidas que cita la ley Buenas prácticas (no exigidas literalmente)
Soluciones de movilidad sostenible según el principio de jerarquía; medidas de seguridad vial y fomento de la formación; considerar visitantes, proveedores y cualquier persona que acceda; tener en cuenta el plan municipal cuando exista; negociación; informe de seguimiento cada dos años Movilidad activa, transporte colectivo, bajas emisiones, movilidad compartida y colaborativa, uso y recarga de vehículos cero emisiones, teletrabajo cuando sea posible, tarjetas de transporte, compensación de huella para lo que no pueda reducirse Encuesta de movilidad, objetivos cuantificados, indicadores, calendario, responsables y presupuesto por medida, plan de comunicación interna

Soluciones de movilidad sostenible, por orden de prioridad

El artículo 26.3 remite al principio de jerarquía del artículo 28, que ordena la preferencia así: primero la movilidad activa (a pie y en bicicleta), después el transporte público colectivo, luego los esquemas de alta ocupación y, por último, el vehículo privado, priorizando el de menores emisiones y menor ocupación de espacio.

Seguridad vial en los desplazamientos

El plan debe incluir medidas de mejora de la seguridad vial y prevención de accidentes en los trayectos al centro, y fomentar la formación en ambas vertientes.

Visitantes, proveedores y el resto de personas que acceden al centro

La ley obliga a tener en cuenta no solo a la plantilla, sino a visitantes, proveedores y cualquier persona que necesite acceder. En un hospital o una plataforma logística, ese flujo puede pesar tanto como el de la plantilla.

Coordinación con el entorno y con la normativa local

El plan debe tener en cuenta el plan de movilidad del municipio, cuando exista, y los instrumentos aprobados por la administración competente. Si en un mismo lugar coinciden varios centros obligados, la ley prevé que se coordinen para compartir información y soluciones. La regulación estatal es además supletoria: si tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento tienen normas propias sobre planes de movilidad al trabajo, se aplican primero.

Negociación y seguimiento: el plan no termina al aprobarse

Con quién se negocia

El PMST se negocia con la representación legal de las personas trabajadoras. Si no la hay, se constituye una comisión negociadora con la representación de la empresa y la de los sindicatos más representativos y representativos del sector, en proporción a su representatividad. En las cooperativas, lo aprueba el Consejo Rector. La ley no regula qué ocurre si no hay acuerdo, así que conviene llegar a la mesa con un diagnóstico sólido y medidas justificadas.

Un informe de seguimiento cada dos años

Dos años después de aprobar el plan hay que elaborar un informe sobre el nivel de implantación de sus medidas, y repetirlo cada dos años mientras esté vigente. Si no has definido indicadores desde el principio, ese informe será difícil de redactar. La ley prevé que la figura del gestor de movilidad pueda establecerse por reglamento para estos centros.

Cómo preparar el plan paso a paso

La ley fija el resultado, no el método. Esta secuencia sigue la metodología habitual de la guía de Planes de Transporte al Trabajo del IDAE:

  1. Identifica los centros afectados y el equipo. Cruza plantilla, turnos y adscripciones. Implica a RR. HH., Facility, PRL, Sostenibilidad y Dirección, con un responsable.
  2. Revisa el marco local. Plan municipal, normativa autonómica, zonas de bajas emisiones, transporte público y carriles bici.
  3. Haz el diagnóstico. La encuesta debería recoger zona de origen, modo de transporte, turno, tiempo de trayecto y barreras para cambiar de modo. Añade un inventario de accesos, aparcamientos, vestuarios y siniestralidad in itinere, y una estimación de visitantes y proveedores.
  4. Define objetivos e indicadores. Por ejemplo, reparto modal, ocupación de aparcamientos o accidentes en trayecto.
  5. Selecciona y prioriza medidas. Cada una con responsable, calendario y presupuesto.
  6. Negocia, aprueba y comunica. Con comunicación a la comunidad autónoma en tres meses.
  7. Implanta y mide. Recoge datos desde el primer día para el informe bienal.

Dónde encaja la micromovilidad dentro del plan

La micromovilidad no es una obligación aislada: es una pieza posible del plan. La ley define la movilidad activa como la que usa medios no motorizados o la actividad física humana, como caminar o ir en bicicleta, así que la bicicleta convencional entra ahí de lleno. El patinete eléctrico, al ser motorizado, encaja mejor en la movilidad de bajas emisiones y en las soluciones para facilitar el uso y la recarga de vehículos eléctricos ligeros.

Cuándo tienen sentido la bicicleta, la e-bike y el patinete

Distancias, topografía, rutas seguras, clima y turnos deciden si una parte relevante de la plantilla puede cambiar el coche por un modo ligero. La e-bike amplía el radio útil de la bicicleta.

Un ejemplo hipotético: un centro descubre en la encuesta que buena parte de la plantilla vive a una distancia asumible en bicicleta, pero que casi nadie la usa porque no hay dónde dejarla con seguridad. Ahí, el aparcamiento seguro deja de ser un gesto y se convierte en una medida con fundamento.

Sin infraestructura en destino, la medida se queda en el papel

Nadie cambia de modo si al llegar no puede aparcar sin miedo al robo, cargar la batería o cambiarse de ropa:

Medida Necesidad que resuelve Ejemplo de aplicación
Aparcamiento seguro para bicicletas Miedo al robo o a daños Plazas cerradas o vigiladas junto al acceso de personal
Aparcamiento con carga para patinetes y e-bikes Autonomía de la batería en el trayecto de vuelta Plazas con punto de carga reservadas a la plantilla
Vestuarios y duchas Llegar en condiciones a la jornada Adaptación de vestuarios existentes
Rutas seguras y formación vial Riesgo en el trayecto Mapa de itinerarios recomendados y sesiones formativas

El Centro Comercial Torrecárdenas, por ejemplo, instaló plazas de aparcamiento con carga para patinetes reservadas exclusivamente a sus empleados, según el caso publicado por YUP. Instalar aparcamientos no equivale por sí solo a cumplir con el PMST: es una medida dentro de un plan que también debe cubrir seguridad vial, transporte colectivo, negociación y seguimiento.

Datos de uso para alimentar el seguimiento

Si la infraestructura registra su uso, tienes un indicador objetivo para el informe bienal: ocupación, recurrencia y evolución mes a mes. Es un dato valioso, pero parcial. El seguimiento del plan necesita también la evolución del reparto modal y del resto de medidas.

Errores que convierten el plan en un documento sin aplicación

  • Calcular el umbral sobre la plantilla total en lugar de centro a centro.
  • Trabajar con el plazo anterior de contenidos desactualizados.
  • Elegir medidas antes de tener diagnóstico.
  • Olvidar a visitantes, proveedores y personal de contratas.
  • Instalar una medida visible y darla por suficiente.
  • No definir indicadores hasta que llega el informe de seguimiento.

Cómo puede ayudarte YUP

YUP trabaja en los dos extremos del plan. Su consultoría y estudios de movilidad incluyen recopilación de datos, encuestas, estudios de demanda, modelización, análisis de impacto y simulaciones, como base para confeccionar el plan de movilidad al trabajo.

Cuando el diagnóstico apunta a la bicicleta o al patinete, YUP diseña soluciones de micromovilidad de interior y exterior: TRAP para patinetes, SOCA para bicicletas y MURWA Hybrid para ambos. El Portal YUP permite la gestión y datos de uso de los aparcamientos, útiles para medir la implantación.

YUP no sustituye el asesoramiento jurídico ni la negociación, que corresponden a tu organización. Si tu empresa necesita empezar a preparar su Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo, YUP puede ayudarte a analizar cómo se desplazan las personas hasta tu centro y valorar qué medidas e infraestructuras tienen sentido en tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Puede un grupo empresarial hacer un único plan para varios centros?

Sí, un mismo documento puede integrar varios centros o empresas del grupo. Según el Ministerio, debe identificar las necesidades de movilidad de cada centro obligado y garantizar el cumplimiento en cada uno. La obligación sigue siendo por centro.

Ya teníamos un plan de transporte al trabajo, ¿sirve?

Sirve como punto de partida, pero no basta tal cual. El artículo 27.3 exige actualizar los planes aprobados antes de la entrada en vigor de la ley según sus criterios, incluidas la negociación y la seguridad vial. También preveía comunicar los planes existentes a la comunidad autónoma en los tres meses siguientes a la entrada en vigor, un plazo que ya ha vencido.

¿Puede elaborar un plan una empresa que no está obligada?

Sí. Además, la disposición adicional vigesimoséptima prevé que el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible apruebe convocatorias de subvenciones para empresas con centros de más de 100 personas trabajadoras o 50 por turno, en concurrencia competitiva. Conviene comprobar si hay convocatoria abierta antes de planificar con esa financiación.